Derecho Constitucional y Convencional Procesal Penal
Derecho Constitucional y Convencional Procesal Penal

25 de noviembre de 2024

25 de noviembre: Día internacional de la Eliminación de la violencia contra la mujer
Con motivo de esta fecha emblemática, más allá de informar datos concretos sobre las tasas de femicidios en la Argentina (sobre todo aquellos cometidos con armas de fuego), consideramos de interés efectuar una comparación con otro país que, desde hace tiempo, viene implementando políticas públicas sobre esta problemática y así, comenzar a obtener conclusiones, cuyos primeros resultados se hacen saber en esta entrega.

República Argentina:

Datos de femicidios en 2023, según datos de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
  • 272 víctimas letales de la violencia de género, de las cuales 250 fueron víctimas directas de femicidio y 22 fueron víctimas de femicidios/homicidios vinculados.

Femicidios vinculados son aquellos homicidios cometidos contra una o varias personas, independientemente de su género, a fin de causarle sufrimiento a una mujer cis o a una mujer trans/travesti en un contexto de violencia de género. Para ello, debe existir una desigualdad de género entre la persona imputada como autor del hecho y la mujer cis o mujer trans/travesti a quien se pretendía afectar (v.gr., el femicida mata a los hijos de la mujer víctima indirecta).

  • De las 246 causas judiciales por femicidios directos, el 21% involucraron armas de fuego (57 casos).
  • Las primeras cinco provincias que registraron mayores ataques fueron, por orden de cantidad de casos: 1) Buenos Aires, 2) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3) Córdoba, 4) Corrientes y 5) Chaco.

 

En el primer semestre de 2024, según el Observatorio de Femicidios de la Defensoría del Pueblo de la Nación, fueron 147 las víctimas confirmadas de femicidio, incluyéndose en ese número 11 femicidios vinculados.

En cuanto a la modalidad, 36 de las víctimas del primer semestre fueron baleadas, lo que representa aproximadamente un 24%.

España:

Femicidios y asesinatos en España en lo que va de 2024: 83 mujeres.

Femicidios y asesinatos de mujeres durante 2023: 103 mujeres.

Las Comunidades Autónomas que registraron mayores ataques fueron, por orden de cantidad de casos: 1) Andalucía, 2) Comunidad Valenciana, 3) Catalunya, 4) Castilla- La Mancha y 5) Asturias.

Total de femicidios y asesinatos perpetrados contra mujeres en España desde 2003 al presente: 1224 mujeres.

Perpetrados con armas de fuego (pistolas y escopetas desde 2003 al presente): 1224 mujeres, lo que representa un 12,5% de los casos.

Fuente: femicidio.net

Según el Informe de Femicidios de España en 2023, las armas de fuego usadas por los victimarios rondan el 12%, donde el 7% corresponde al uso de escopetas.

Fuente: Datos 2023 – 103 mujeres asesinadas – INFORME FEMINICIDIOS Y OTROS ASESINATOS DE MUJERES – INFORME ESPAÑA 2023 – Publicado por Femenicidio.net, con colaboración del Ministerio de Igualdad del Gobierno de España y el Instituto de las Mujeres.

A la espera del informe anual “Feminicidios y otros asesinatos de Mujeres – Informe España 2023” – a ser publicado por Feminicidio.net, se consultaron las fuentes periodísticas disponibles hasta la fecha observando que el porcentaje de uso de armas para dar muerte a mujeres está alrededor del valor histórico del 12%: Se estiman a la fecha 10 casos de empleos con armas de fuego.

La información sobre el total de femicidios y muertes ocasionadas a mujeres fue tomada de: https://feminicidio.net/listado-de-feminicidios-y-otros-asesinatos-de-mujeres-cometidos-por-hombres-en-espana-en-2024/

 

 

 

Conclusiones:

El índice de femicidios cometidos en la República Argentina es notoriamente superior al de España. Cabe aclarar que los datos estadísticos sobre muertes violentas de mujeres provocadas por terceros, no distingue entre los tipos penales de femicidio y homicidio (para el caso, asesinato), conglobándose allí todos los decesos de aquella clase.

España ha tomado diversas medidas tendientes a eliminar la violencia contra la mujer, siendo que, incluso, el Ministerio de Igualdad, en el marco de un Comité de Crisis, ha dispuesto revisar las autorizaciones concedidas a los tenedores de armas de fuego, con perspectiva de género, para evitar factores de riesgo que no fueron tenidas en cuenta al momento de su concesión.

La prevención en estos casos es fundamental y, en el marco de investigaciones ya iniciadas por violencia de género, sería prudente que los fiscales consulten si el imputado registra algún tipo de arma en su poder, en cuyo caso, deberían adoptar las medidas necesarias para hacerse de ese elemento mientras dure el juicio. Luego, si se tratase de una persona que presta funciones en las fuerzas de seguridad, la situación deberá ser comunicada a sus superiores, a fin de neutralizar los riesgos y, o bien limitar al sujeto a que utilice el arma reglamentaria exclusivamente en sus horas de servicio (dejándola en depósito cuando se retira a su hogar), o bien, directamente, instruirlo a que la restituya hasta el final del proceso.

Por su parte, en aquellos supuestos de menor gravedad en donde no se decreta la prisión preventiva del atacante, el Estado debe tomar medidas efectivas para notificar a la víctima de la libertad del agresor y garantizar la prohibición de su acercamiento a ella y a sus hijos, y la prohibición de comunicación por cualquier medio (electrónico, telefónico, etc.), lo que en modo alguno se neutraliza con la entrega de un botón antipánico (elemento que permite dar alerta a las autoridades policiales en supuestos en donde el agresor desobedezca la orden judicial de prohibición de acercamiento). Para cuando la víctima apriete el botón, seguramente será muy tarde actuar si el violento llega consigo un arma de fuego.