Derecho Constitucional y Convencional Procesal Penal
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CASACIÓN FEDERAL · OFICINA JUDICIAL (TRIBUNAL COLEGIADO)5 OCT 2026
Recurso extraordinario · Sin efecto suspensivo

Bailaque, Marcelo Martín y otro s/ audiencia de sustanciación de impugnación

Cámara Federal de Casación Penal, Oficina Judicial (tribunal colegiado) · 5 de octubre de 2026
Deja sin efecto
Por qué importa

Ni el art. 347 ni el art. 49 del CPPF dan efecto suspensivo al recurso extraordinario concedido, y suspender el juicio sin norma expresa contraría la celeridad y el plazo razonable (arts. 2 y 18 CPPF). La discusión sobre el código aplicable no es una cuestión de competencia, porque el tribunal será el mismo con cualquiera de los dos códigos.

Sistema de origen: CPPF Control de la acusaciónImpugnación Materia: Nulidades y actuación del MPF en el CPPF (Casación Federal, 2019-2026)

Qué resolvió

El juez de revisión de Rosario Aníbal Pineda dispuso que, por haberse concedido el recurso extraordinario de la defensa sobre qué código procesal rige, la carpeta contra Marcelo Martín Bailaque quedara suspendida después del auto de apertura a juicio hasta que decida la Corte. Impugnaron el MPF (Fiscal General Raúl Omar Pleé y auxiliar fiscal Eleonora Gerino) y la querella, y también las defensas de Bailaque y de Santiago Busaniche. La CFCP declaró inadmisibles las impugnaciones de las defensas, hizo lugar a las de los acusadores, dejó sin efecto la suspensión y ordenó la continuidad del proceso.

Expediente
FRO 15287/2024/89
Fecha
05/10/2026
Registro o cita oficial
Reg. 214/2026
Etapa procesal
Control de la acusación, Impugnación
Subetapa
Efecto del recurso extraordinario federal concedido sobre el código procesal aplicable
Normas interpretadas
Arts. 2, 18, 20, 49, 119, 280, 291, 347, 360, 362, 363, 365 y 386, Código Procesal Penal Federal; arts. 49 y 442, Código Procesal Penal de la Nación; arts. 257 y 258, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; art. 14, ley 48; art. 18, Constitución Nacional

Temas

Votos · Mayoría y disidencias

Primer voto del juez Daniel Antonio Petrone; el juez Carlos A. Mahiques (presidente) adhirió con fundamentos propios, que incluyen el art. 258 del CPCCN como pauta; el juez Gustavo M. Hornos adhirió y votó en disidencia sólo sobre las costas impuestas a las defensas. Se apoya en el plenario “Ruiz, Roque” (Acuerdo 3/2024) y en “Chacón” (Fallos: 347:1434); para la exclusión probatoria se remite a lo resuelto el mismo día en FRO 9010/2024/39 (reg. 213/2026).

Cómo citar el fallo

CFCP, Oficina Judicial (tribunal colegiado), “Bailaque, Marcelo Martín y otro s/ audiencia de sustanciación de impugnación”, 05/10/2026, Reg. 214/2026, FRO 15287/2024/89.

Cómo citar esta ficha

González Da Silva, Gabriel (dir.), ficha “CFCP, Bailaque, Marcelo Martín y otro”, DCCPP, publicada el 17/10/2026, actualizada el 17/10/2026, https://dccprocesalpenal.com.ar/jurisprudencia/cfcp-bailaque-marcelo-martin-y-otro/.
Selección y reseña bajo la dirección editorial de Gabriel González Da Silva
ORCID 0009-0009-1307-1979
Publicación: 17/10/2026 · Última actualización: 17/10/2026
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