Derecho Constitucional y Convencional Procesal Penal
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CASACIÓN FEDERAL · TRIBUNAL UNIPERSONAL15 JUL 2025
Pericia no producida · Carga del MPF · Absolución confirmada

Balmaceda Binimelli, José María y otro s/ audiencia de sustanciación de impugnación (art. 362)

Cámara Federal de Casación Penal, Tribunal unipersonal · 15 de julio de 2025
Rechaza
Por qué importa

El MPF, como director de la investigación y titular de la carga de la prueba, debe producir su prueba durante la investigación preparatoria y no puede diferir al juicio una pericia que omitió. Fuera de esa etapa sólo cabe producir prueba en los supuestos de los arts. 279 y 301 CPPF, y el juez no suple la omisión. La queja ante la CFCP no suspende el juicio, según el art. 291 CPPF y el voto de Mahiques en “Passaglia” (Sala III, reg. 551/24).

Qué resolvió

La fiscal acusó por comercio y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización sin haber realizado la pericia química y ofreció producirla en el juicio. El juez de revisión no lo admitió en el control de la acusación. El debate se celebró aunque estaba pendiente una queja fiscal ante la CFCP, y el Tribunal Oral Federal N° 1 de Mendoza absolvió a ambos imputados por duda, al faltar prueba concluyente sobre la naturaleza de la sustancia. La fiscal impugnó la absolución porque no se suspendió el debate (art. 347 CPPF) y se impidió declarar a la perito, y ante la CFCP el MPF, representado por el fiscal general Javier A. De Luca, pidió la nulidad del auto de apertura. La CFCP, en forma unipersonal, rechazó las impugnaciones, convalidó el auto de apertura, negó efecto suspensivo a la queja y declaró irrecurrible ese auto (art. 280 CPPF).

Expediente
FMZ 19256/2024/9 (resuelto junto con FMZ 19256/2024/8)
Fecha
15/07/2025
Registro o cita oficial
Reg. 86/2025
Etapa procesal
Control de la acusación
Subetapa
Impugnación fiscal de sentencia absolutoria y del auto de apertura a juicio
Normas interpretadas
Arts. 11, 90, 91, 132, 170, 274, 279, 280, 291, 299, 301 y 347, Código Procesal Penal Federal; art. 120, Constitución Nacional; art. 5 inc. c, ley 23.737

Temas

Votos · Mayoría y disidencias

Resolvió en forma unipersonal el juez Carlos A. Mahiques, sin otros votos.

Cómo citar el fallo

CFCP, Tribunal unipersonal, “Balmaceda Binimelli, José María y otro s/ audiencia de sustanciación de impugnación (art. 362)”, 15/07/2025, Reg. 86/2025, FMZ 19256/2024/9 (resuelto junto con FMZ 19256/2024/8).

Cómo citar esta ficha

González Da Silva, Gabriel (dir.), ficha “CFCP, Balmaceda Binimelli, José María y otro”, DCCPP, publicada el 14/10/2026, actualizada el 14/10/2026, https://dccprocesalpenal.com.ar/jurisprudencia/cfcp-balmaceda-binimelli-jose-maria-y-otro/.
Selección y reseña bajo la dirección editorial de Gabriel González Da Silva
ORCID 0009-0009-1307-1979
Publicación: 14/10/2026 · Última actualización: 14/10/2026
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