Ledesma, Juan Carlos s/ recurso de casación
Reconoce el estímulo educativo aunque el interno pudo haber terminado la primaria en libertad, cuando fue el propio SPF quien lo inscribió por falta de certificados. Un voto limita la reducción a los dos meses del inc. c, sin acumular el mes del inc. a.
Qué resolvió
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 5 de San Martín negó la reducción del art. 140 a Juan Carlos Ledesma, condenado por transporte de estupefacientes, porque habría completado la primaria antes de su detención. Ledesma cursó y aprobó el nivel primario en la E.E.P.A. n° 708 de Ezeiza en 2025, inscripto por el SPF ante la falta de certificados. La Sala II hizo lugar al recurso de la defensa y, por mayoría, anuló y reenvió.
- Expediente
- FSM 12257/2023/TO1/11/3/CFC5
- Fecha
- 08/10/2026
- Registro o cita oficial
- Reg. 1270/26
- Etapa procesal
- Ejecución
- Subetapa
- Estímulo educativo por nivel primario cursado en prisión
- Normas interpretadas
- Art. 140 incs. a y c, ley 24.660 (según ley 26.695); art. 29.b CADH; art. 5.2 PIDCP; arts. 456, 470, 471 y 530, Código Procesal Penal de la Nación
Temas
Votos · Mayoría y disidencias
Primer voto de la jueza Angela E. Ledesma, que proponía reducir tres meses y adhirió al juez Slokar para formar mayoría. El juez Alejandro W. Slokar votó por anular y reenviar, con cita de “Berardi” (reg. 2623/19). El juez Guillermo J. Yacobucci (presidente) votó por reducir solo dos meses (inc. c), con cita de “Herrera Domínguez” (reg. 1159/22) y “Weston Millones” (reg. 1720/22.4).
