Derecho Constitucional y Convencional Procesal Penal
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CASACIÓN FEDERAL · OFICINA JUDICIAL (TRIBUNAL COLEGIADO)15 MAY 2025
Revisión · Sentencias inconciliables · Absolución

Parada Vargas, Thatiana s/ audiencia de revisión de sentencia condenatoria firme (art. 369, CPPF)

Cámara Federal de Casación Penal, Oficina Judicial (tribunal colegiado) · 15 de mayo de 2025
Hace lugar
Por qué importa

Aplica el art. 366 inc. a del CPPF a una condena por acuerdo abreviado cuando la absolución firme de los coimputados se funda en la ilegalidad del procedimiento común y no existe un cauce independiente de investigación que sostenga la condena. Admite la revisión promovida por el MPF a favor de la persona condenada. Las críticas al procedimiento abreviado y a la actuación de fiscalía y defensa provienen de votos concurrentes y no integran el fundamento común.

Sistema de origen: CPPF Impugnación Materia: Garantías y cuestiones del debido proceso

Qué resolvió

Thatiana Parada Vargas fue condenada por el Juez de Garantías de Rafaela, mediante procedimiento abreviado, a cuatro años de prisión y multa como coautora del transporte de 5,155 kilos de cocaína base hallados en un ómnibus en Ceres, Santa Fe. Sus dos coimputados fueron a juicio y resultaron absueltos a pedido del fiscal, porque en el debate se acreditó la irregularidad del procedimiento inicial de Gendarmería. Los fiscales de la Sede Fiscal Descentralizada Rafaela pidieron la revisión de la condena firme por sentencias inconciliables, y ante la CFCP el auxiliar fiscal Federico Rodríguez Ovide la mantuvo, con adhesión de la defensora pública coadyuvante Daniela Villalón. La CFCP hizo lugar a la revisión, casó la sentencia, absolvió a la condenada y ordenó su inmediata libertad y la devolución del teléfono decomisado.

Expediente
FRO 14671/2024/6
Fecha
15/05/2025
Registro o cita oficial
Reg. 43/2025
Etapa procesal
Impugnación
Subetapa
Revisión de sentencia condenatoria firme por sentencias inconciliables
Normas interpretadas
art. 366 inc. a Código Procesal Penal Federal; art. 369 Código Procesal Penal Federal; art. 90 Código Procesal Penal Federal; art. 18 Constitución Nacional; art. 120 Constitución Nacional; art. 5 inc. c ley 23.737

Temas

Votos · Mayoría y disidencias

Unanimidad. Yacobucci votó primero; Slokar adhirió sin reservas, criticó el procedimiento abreviado y propuso comunicar lo decidido a la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del CPPF, propuesta que no pasó a la parte dispositiva. Ledesma adhirió y agregó que la falta de controversia entre las partes obligaba a hacer lugar y que fiscalía y defensa no cumplieron acabadamente sus funciones al celebrar el abreviado.

Cómo citar el fallo

CFCP, Oficina Judicial (tribunal colegiado), “Parada Vargas, Thatiana s/ audiencia de revisión de sentencia condenatoria firme (art. 369, CPPF)”, 15/05/2025, Reg. 43/2025, FRO 14671/2024/6.

Cómo citar esta ficha

González Da Silva, Gabriel (dir.), ficha “CFCP, Parada Vargas, Thatiana”, DCCPP, publicada el 14/10/2026, actualizada el 14/10/2026, https://dccprocesalpenal.com.ar/jurisprudencia/cfcp-parada-vargas-thatiana/.
Selección y reseña bajo la dirección editorial de Gabriel González Da Silva
ORCID 0009-0009-1307-1979
Publicación: 14/10/2026 · Última actualización: 14/10/2026
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