Pérez, Joana Gisela s/ recurso de casación
Exige audiencia personal antes de revocar una condena condicional, porque la intervención del defensor no reemplaza la defensa material (art. 510 CPPN). Apoya la solución en el art. 379 del CPPF y en el modelo acusatorio, oral y contradictorio.
Qué resolvió
El Tribunal Oral Federal n° 2 de Rosario revocó la condicionalidad de la pena de dos años y seis meses impuesta a Joana Gisela Pérez por tenencia simple de estupefacientes, tras su prisión preventiva en una causa provincial por microtráfico. Decidió con la vista fiscal y la de la defensa técnica, sin oír a la condenada. Recurrió la defensa. La Sala II, por mayoría, anuló y reenvió para que se dicte nuevo pronunciamiento previa audiencia con la condenada.
- Expediente
- FRO 4310/2020/TO1/4/2/CFC1
- Fecha
- 06/10/2026
- Registro o cita oficial
- Reg. 1254/26
- Etapa procesal
- Ejecución, Impugnación
- Subetapa
- Revocación de la condicionalidad sin audiencia personal de la condenada
- Normas interpretadas
- Arts. 26 y 27 bis, Código Penal; art. 18, Constitución Nacional; art. 8.2, CADH; art. 510, Código Procesal Penal de la Nación; art. 379, Código Procesal Penal Federal; arts. 471 y 530, CPPN
Temas
Votos · Mayoría y disidencias
Primer voto de la jueza Angela E. Ledesma, con cita de sus votos en “Prodijan” (reg. 857/08, Sala III), “Alonso, Roberto Carlos” (reg. 17/17), “Pérez, Paula” (reg. 167/26) y “Bernachea, Gerardo Ariel” (reg. 414/26). El juez Alejandro W. Slokar compartió la solución sin adelantar criterio. El juez Guillermo J. Yacobucci (presidente) votó en disidencia, por considerar la decisión suficientemente fundada.
