Pérez, Julián Alberto s/ queja por impugnación denegada (art. 361 CPPF)
Reitera que fijar la unidad de alojamiento es resorte de la autoridad penitenciaria y que, sin cuestión federal fundada, la CFCP no interviene como tribunal intermedio (“Di Nunzio” y “Chacón”).
Qué resolvió
El juez de garantías de General Roca rechazó la oposición de la defensa pública al traslado de Julián Alberto Pérez, dispuesto por el SPF, al Complejo Penitenciario Federal V de Senillosa. El Colegio de Jueces de Revisión declaró mal concedida la impugnación y luego inadmisible la impugnación extraordinaria. La CFCP rechazó la queja de la defensa pública oficial, con costas por mayoría.
- Expediente
- FGR 8602/2025/27
- Fecha
- 05/10/2026
- Registro o cita oficial
- Reg. 212/26
- Etapa procesal
- Impugnación, Investigación
- Subetapa
- Queja contra la inadmisión de la impugnación extraordinaria sobre el traslado de un preso preventivo a otro complejo penitenciario
- Normas interpretadas
- Arts. 361 y 386, Código Procesal Penal Federal; art. 14, ley 48; arts. 18 y 75 inc. 22, Constitución Nacional; art. 8.2.h, CADH; art. 14.5, PIDCP
Temas
Votos · Mayoría y disidencias
Primer voto del juez Diego G. Barroetaveña, al que adhirió el juez Daniel Antonio Petrone (presidente). El juez Alejandro W. Slokar adhirió al rechazo por falta de fundamentación, pero sin costas, que es el único punto resuelto por mayoría. El texto no nombra a representantes del MPF. Reitera “Internas CPF IV s/ habeas corpus” (FLP 78552/2018/CFC1, reg. 712/19), “López, Rafael Arturo” (reg. 2247/19) y “Reynoso, Fernando Gabriel” (reg. 1229/23).
