G., C. A. H. s/ abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por la situación de convivencia
No es un caso aislado. En este mismo período la Corte aplicó “Ilarraz” por remisión en otros dos fallos, “Silveira Soto” (06/08/2026, Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego) y “Alvarado” (10/09/2026, Superior Tribunal de Justicia del Chaco). La Corte no declara prescripta la acción, sino que reenvía para que el tribunal provincial resuelva conforme a ese precedente. El texto del fallo no permite saber si la víctima era menor ni en qué fecha ocurrieron los hechos.
Qué resolvió
La Corte hizo lugar a la queja de la defensa contra una sentencia del Superior Tribunal de Justicia del Chaco, que había intervenido después de la Cámara Primera en lo Criminal de la Primera Circunscripción Judicial, y la dejó sin efecto por remisión a “Ilarraz” (Fallos: 348:611). En “Ilarraz” la Corte declaró prescripta la acción por abusos sexuales contra menores cometidos antes de las leyes 26.705 y 27.206, porque los jueces no pueden crear categorías de delitos imprescriptibles ni invocar la Convención sobre los Derechos del Niño o el principio pro homine para apartarse de los arts. 62 y 63 del Código Penal. El fallo no transcribe los hechos ni lo resuelto por el tribunal provincial.
- Expediente
- CSJ 2810/2024/RH1
- Fecha
- 06/10/2026
- Etapa procesal
- Impugnación
- Subetapa
- Recurso extraordinario y queja
- Normas interpretadas
- Arts. 59, 62 inc. 2 y 63, Código Penal; art. 18, Constitución Nacional
Temas
Votos · Mayoría y disidencias
Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, sin disidencias.
