M., M. C. y otro s/ lesiones graves (art. 90)
La Corte controló de oficio, como cuestión de orden público, que una imputada tenía entre dieciséis y diecisiete años al momento del hecho y había sido juzgada y penada junto con un adulto sin aplicar el trato diferenciado de la ley 22.278. Reafirmó con "Maldonado" que ese trato es un imperativo de máxima jerarquía normativa. Sirve para plantear nulidades por omisión del régimen juvenil aun cuando la defensa no lo haya alegado. Rosenkrantz votó por desestimar la queja.
Qué resolvió
La Cámara Primera en lo Criminal de Resistencia condenó a M. C. M. y a Francisco Alfredo Silva por lesiones graves a la niña S., hija de la imputada, ocurridas entre julio y noviembre de 2003, y les impuso una pena con reglas de conducta, entre ellas estudiar la Convención sobre los Derechos del Niño. El Superior Tribunal de Justicia del Chaco confirmó la condena y la defensa recurrió en queja. La Corte desestimó la queja de Silva por el art. 280. Respecto de M. C. M., advirtió que del expediente surgía de modo invariable que tenía entre dieciséis y diecisiete años al momento del hecho, pese a lo cual la sentencia evaluó su culpabilidad y su pena conjuntamente con las del coimputado adulto. Sostuvo que ese vicio afecta el orden público y el debido proceso, debía controlarse de oficio y desconoce el trato diferenciado de la ley 22.278 y la Convención sobre los Derechos del Niño, por lo que dejó sin efecto la condena con cita de "Maldonado" (Fallos: 328:4343). Precedentes y remisiones. Fallos: 328:4343 (aplica); Fallos: 315:695 (reitera); Fallos: 319:192 (reitera); Fallos: 333:1143 (aplica); Fallos: 328:3399 (remite).
- Expediente
- CSJ 98/2017/RH1
- Fecha
- 01/07/2025
- Registro o cita oficial
- Fallos: 348:635
- Etapa procesal
- Impugnación
- Subetapa
- Recurso extraordinario y queja
- Normas interpretadas
- Art. 18, Constitución Nacional; ley 22.278; art. 40.1, Convención sobre los Derechos del Niño; art. 5.5, Convención Americana sobre Derechos Humanos; art. 41, Código Penal; art. 280, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
Temas
Votos · Mayoría y disidencias
Voto de Rosatti y Llorens. Voto concurrente de Lorenzetti y el conjuez Tazza, que remitieron al dictamen respecto de Silva y, para M. C. M., señalaron que la edad requería prueba mínima ausente en el legajo y ordenaron una revisión integral según "Casal" (Fallos: 328:3399). Disidencia de Rosenkrantz, que desestimó la queja de ambos por el art. 280.
