Medina, Juan Pablo y otros s/ incidente de recurso extraordinario
El dictamen que la Corte hace suyo sostiene que un juez de instrucción que rechaza una incompetencia y ordena prueba de oficio dentro de las facultades del Código Procesal Penal de la Nación no pierde por eso su imparcialidad, aunque el CPPF ya no le reconozca esas facultades, y que la nulidad de todo el proceso no puede apoyarse en hechos que otra causa todavía no tuvo por acreditados.
Qué resolvió
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría y con disidencia del juez Yacobucci, confirmó el sobreseimiento de diez imputados que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 de La Plata, en integración unipersonal, había dictado tras declarar nulo todo lo actuado por falta de imparcialidad del juez de instrucción. Esa parcialidad se infirió de reuniones y comunicaciones del juez con funcionarios del Poder Ejecutivo bonaerense y agentes de la AFI, hechos que se investigan en otra causa. La Corte hizo suyos los fundamentos del Procurador General interino, hizo lugar a la queja del Fiscal General y dejó sin efecto la sentencia.
- Expediente
- FLP 55652/2017/TO2/60/1/1/RH18
- Fecha
- 10/09/2026
- Registro o cita oficial
- Fallos: 349:1042
- Etapa procesal
- Impugnación
- Subetapa
- Recurso extraordinario y queja
- Normas interpretadas
- Arts. 47, 194, 196, 199, 216, 218, 224, 346, 348 y 361, Código Procesal Penal de la Nación; arts. 229, 232, 253 y 260, Código Procesal Penal Federal; art. 18, Constitución Nacional
Temas
Votos · Mayoría y disidencias
Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, por remisión al dictamen del Procurador General interino (27/02/2025). Sin disidencias.
