Derecho Constitucional y Convencional Procesal Penal
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CASACIÓN FEDERAL · SALA I12 MAR 2026
Cambio de código · Actos válidos

Ledesma, Raúl Humberto s/ recurso de casación

Cámara Federal de Casación Penal, Sala I · 12 de marzo de 2026
Revoca
Por qué importa

El fallo fija dos criterios para la transición entre códigos. Si el hecho imputado es permanente o continuado y su ejecución se extiende más allá de la fecha de implementación del CPPF en el distrito, rige el nuevo código y no la excepción del art. 23 de la ley 27.150. Además, el cambio de régimen no invalida por sí solo los actos cumplidos bajo el CPPN, que conservan validez salvo perjuicio concreto, con apoyo en el precedente “Rosza” de la Corte Suprema.

Qué resolvió

La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca dispuso que la causa por trata de personas seguida a Raúl Humberto Ledesma tramitara según el Código Procesal Penal Federal y declaró la nulidad de todo lo actuado bajo el Código Procesal Penal de la Nación. El Ministerio Público Fiscal recurrió en casación, recurso que la Sala I concedió tras una queja. Sostuvo que correspondía el CPPN porque el hecho había comenzado en 2022 y objetó la nulidad total por falta de fundamentación. La Sala I, por unanimidad, confirmó la aplicación del CPPF porque la imputación describe conductas que se habrían prolongado hasta el 22 de noviembre de 2024, después de la entrada en vigencia de ese código en la jurisdicción el 4 de noviembre de 2024. Revocó en cambio la nulidad general y mantuvo la validez de los actos cumplidos bajo el CPPN.

Expediente
FGR 13604/2024/4/CFC1
Fecha
12/03/2026
Registro o cita oficial
Reg. 87/26
Etapa procesal
Investigación
Subetapa
Casación contra decisión de cámara de apelaciones sobre código procesal aplicable y nulidad de lo actuado
Normas interpretadas
Arts. 4 y 5, Ley 27.063; art. 23, Ley 27.150; arts. 123, 456, 457, 471, 530 y 532, Código Procesal Penal de la Nación; art. 18, Constitución Nacional

Temas

Votos · Mayoría y disidencias

Integraron la Sala I los jueces Gustavo M. Hornos, Diego G. Barroetaveña y Javier Carbajo, que votaron en ese orden y coincidieron en la solución. Hornos aplicó por analogía la doctrina de la Corte sobre delitos permanentes (“Jofré”) y tomó la ley procesal vigente en el último tramo del hecho. Barroetaveña, en voto propio, analizó la estructura de cada delito imputado, rechazó una lectura expansiva del art. 23 de la ley 27.150 y exigió perjuicio concreto para anular. Carbajo adhirió y destacó que la investigación se inició el 23 de noviembre de 2024, con el CPPF ya vigente, y que la nulidad carecía de fundamentación (art. 123 del CPPN).

Cómo citar el fallo

CFCP, Sala I, “Ledesma, Raúl Humberto s/ recurso de casación”, 12/03/2026, Reg. 87/26, FGR 13604/2024/4/CFC1.

Cómo citar esta ficha

González Da Silva, Gabriel (dir.), ficha “CFCP, Ledesma, Raúl Humberto”, DCCPP, publicada el 14/10/2026, actualizada el 14/10/2026, https://dccprocesalpenal.com.ar/jurisprudencia/cfcp-ledesma-raul-humberto/.
Selección y reseña bajo la dirección editorial de Gabriel González Da Silva
ORCID 0009-0009-1307-1979
Publicación: 14/10/2026 · Última actualización: 14/10/2026
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