P., M. s/ nulidad, inconstitucionalidad, excepción por falta de acción y costas
La Sala rechazó que un tribunal nacional aplique la ley 6451 de jurados de la Ciudad, o remita el caso a la justicia porteña, mientras el delito no haya sido transferido. Según el fallo, el art. 118 CN deja el establecimiento del jurado en manos del Congreso, “Canales” vale para las provincias y no para la jurisdicción nacional, y el juez natural no es disponible para el imputado. Sigue a “Pascual” del TSJ porteño (08/07/2026). Rodríguez Varela y Pinto dejaron abierta la posibilidad de reeditar el planteo ante el tribunal oral.
Qué resolvió
Un imputado procesado por abuso sexual gravemente ultrajante reiterado contra diez niños bajo su guarda, en concurso con corrupción de menores y producción de representaciones sexuales, planteó en la vista del art. 349 CPPN la nulidad de las cámaras Gesell y de los requerimientos de elevación, una excepción por atipicidad y la inconstitucionalidad del CPPN por no prever el juicio por jurados. Pidió que el caso pasara a la justicia de la Ciudad o que se le aplicara la ley porteña 6451. El juez rechazó todo y elevó a juicio. La Sala IV confirmó los rechazos y declaró mal concedido el recurso en lo demás, con costas.
- Expediente
- CCC 36627/2024/CA1
- Fecha
- 28/09/2026
- Etapa procesal
- Control de la acusación
- Subetapa
- Apelación contra el rechazo de los planteos del art. 349 CPPN
- Normas interpretadas
- Arts. 18, 24, 75 inc. 12, 118 y 129, Constitución Nacional; arts. 1, 18, 32, 36, 167, 349 y 363, Código Procesal Penal de la Nación; art. 282, Código Procesal Penal Federal; ley 24.588, art. 8; ley 6451 de la CABA, arts. 1, 33 y 61
Temas
Votos · Mayoría y disidencias
Los tres jueces resolvieron juntos las nulidades, la excepción y las costas. Sobre el jurado, Quian Zavalía fundó su voto en la omisión legislativa, en la doctrina de la Corte desde “Loveira” (Fallos: 115:92), “La Fronda” (Fallos: 165:258), “Tiffemberg” (Fallos: 208:21) y “Casal” (Fallos: 328:3399), y en los derechos de las víctimas niñas, que la ley 6451 limita al impedir recurrir la absolución. Rodríguez Varela y Pinto concurrieron con fundamentos propios sobre los convenios de transferencia, el cuarto de ellos (Decreto 242/2026) aún sin aprobación legislativa, y citaron “Alperovich” (Sala VI, 10/08/2022) y “Peralta” (CNCCC, reg. 92/21). Otras remisiones a “Canales” (Fallos: 342:697), “Gauna” (Fallos: 320:875), “Marcelina” (CSJN, 20/08/2026, voto de Rosenkrantz) y “Pascual” (TSJ, 08/07/2026). Sin disidencias.
