21 de marzo de 2025
Nada. Podría terminar esta columna aquí mismo. Porque esa es la respuesta que se desprende de la normativa vigente sobre el régimen de imputabilidad en el país. Prácticamente no habría existido un proceso penal más allá de una investigación destinada únicamente a determinar las causas de la muerte de la víctima y la posible intervención de terceros penalmente imputables. En cuanto al menor, habría sido sobreseído por su edad al momento de cometer el hecho. Y de allí a seguir su vida “normal”.






























