Derecho Penal

Obra solo según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que se torne en ley universal".

Immanuel Kant

Derecho Penal

En la Argentina, el derecho penal material rige, como principio, de manera uniforme en todo el territorio nacional. Corresponde al Congreso de la Nación dictar el Código Penal y las leyes penales especiales, aunque su aplicación puede quedar a cargo de tribunales federales o provinciales según la naturaleza del caso y las reglas de competencia. Se exceptúan de esta uniformidad las contravenciones y faltas, pertenecientes en principio a las potestades locales, y los delitos de imprenta, cuya regulación se vincula con la reserva establecida por el artículo 32 de la Constitución Nacional.

El Código Penal constituye el núcleo del sistema, pero no lo agota. Numerosas figuras delictivas y consecuencias jurídicas se encuentran reguladas en leyes especiales e incluso en normas pertenecientes a materias económicas, tributarias, aduaneras, ambientales o administrativas. El artículo 4 del Código proporciona un principio de unidad al establecer la aplicación de sus disposiciones generales a los delitos previstos por leyes especiales, salvo que estas dispongan lo contrario.

Esta dispersión dificulta el conocimiento preciso del derecho vigente y favorece contradicciones, superposiciones e interpretaciones fragmentarias. También revela un problema más profundo. La expansión constante del castigo aparece con frecuencia como una respuesta inmediata frente a toda preocupación social. La inflación penal multiplica las figuras delictivas, recarga el sistema de justicia y puede debilitar el carácter excepcional que debe conservar la intervención punitiva.

El derecho penal no es solamente un instrumento de represión. Es también un sistema de límites. Solo resulta legítimo cuando protege bienes jurídicos reconocibles, respeta los principios de legalidad, culpabilidad y proporcionalidad, y se utiliza como último recurso. En un Estado constitucional, el poder está al servicio de las personas y no las personas al servicio del poder. La tutela del orden o de intereses colectivos no puede convertirse en una fórmula abierta para restringir derechos fundamentales.

Esta sección reúne el Código Penal actualizado, las principales leyes especiales, sus antecedentes y estudios doctrinales. Su finalidad es mostrar el derecho penal como un sistema integral, relacionado necesariamente con el proceso que permite aplicarlo y con las reglas que gobiernan la ejecución de sus consecuencias.

  • Derecho Penal
    • Código Penal y antecedentes
    • Leyes penales especiales y componentes normativos
  • Derecho Procesal Penal
    • Normas y herramientas procesales federales
    • Justicia Nacional ordinaria y TSJ de la CABA
    • Códigos procesales penales provinciales
  • Derecho de la Ejecución Penal
    • Normativa y Jurisprudencia
  • Jurisprudencia

Código Penal y antecedentes

Código Penal de la Nación
El Código Penal y sus antecedentes

Rodolfo Moreno (h), H. A. Tommasi, Editor, Buenos Aires, 1922 (digitalizados por Biblioteca del M.P.F.)

Leyes penales especiales y componentes normativos

Acá viven las leyes argentinas con contenido penal, ordenadas por materia. Los instrumentos internacionales, los dictámenes de la Procuración General de la Nación y los informes están en la pestaña Política Criminal y DD.HH., y cada ficha con correlato tiene la puerta al final.

A

Aduanero
Ambiente, desarrollo sostenible y cambio climático
▸ Jurisprudencia ambiental (Corte Suprema, Casación, cámaras y juzgados federales, tribunales orales)

Orden cronológico dentro de cada grupo. Los fallos civiles y de competencia originaria de la Corte están incluidos. Las opiniones consultivas de la Corte Interamericana están en Política Criminal y DD.HH.

D

Delitos contra el honor y libertad de expresión
▸ Jurisprudencia de la Corte Suprema sobre libertad de expresión, prensa, intimidad e internet

Orden cronológico dentro de cada grupo. Los enlaces llevan al texto completo en SAIJ o a la Secretaría de Jurisprudencia de la Corte. La jurisprudencia de la Corte Interamericana (Kimel, Fontevecchia y D’Amico, OC-5/85) está en Política Criminal y DD.HH.

G

Género

N

NNyA infractores

T

Normas y herramientas procesales federales

Justicia Nacional ordinaria y TSJ de la CABA

Códigos procesales penales provinciales

Jurisprudencia

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